La primera permite ampliar hasta en treinta años el plazo de las concesiones de infraestructura portuaria. De esta manera se elimina el desincentivo que se genera cuando el plazo va llegando a su final, lo que puede implicar, ante la incertidumbre acerca de la renovación de la concesión, muchos años sin inversiones importantes, o inclusive la total paralización de estas. Al abrirse la posibilidad de un plazo más extenso, los capitales continuarán fluyendo.
La segunda es que permite a las concesionarias hacer inversiones fuera del área que el contrato les señala. Esto agilizará su accionar para desarrollar obras complementarias, por ejemplo en las rutas de ingreso, los antepuertos y otras infraestructuras conexas. Y el resultado será un espacio notoriamente mejorado, no solo en su ámbito más próximo, sino también en sus inmediaciones.
Y la tercera es que permite que las inversiones 100% privadas para uso público gocen de la misma exclusividad que las concesiones de infraestructura portuaria. Con ello se evita la discriminación y se establece un equilibrio entre ambas.
Foto: APN
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