Se refiere a la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex-Ante. Este implica que, de forma obligatoria, las entidades públicas deberán evaluar y garantizar que cualquier proyecto de norma brinde una solución efectiva y eficaz al problema público que se quiere abordar.
En la primera etapa, iniciada ayer, catorce entidades públicas deberán aplicar de forma obligatoria dicho tipo de análisis: la PCM, INEI, OSINFOR, MINCETUR, INDECOPI, CONCYTEC, Produce, Servir, INACAL, SANIPES, MVCS, COFOPRI, OTASS y SBN.
Desde ahora, antes de emitir una nueva norma las entidades deberán enviar su proyecto normativo a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (integrada por la PCM, el MEF y el MINJUS), para que la evalúe, evitando la duplicidad de normas o la promulgación de aquellas que resulten innecesarias, inaplicables o contradictorias, además de asegurarse de que tengan un enfoque centrado en el ciudadano.
Con la reforma, los equipos técnicos de las entidades públicas deberán evaluar diversas alternativas de solución antes de emitir una norma, a fin de garantizar su buen diseño y lograr la solución más eficaz y eficiente para el problema que se busca solucionar.
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