lunes, 30 de noviembre de 2020

Las MIPYMES y una Muy Positiva Decisión del TC

A diferencia de lo que hizo hace pocos días, en que emitió una sentencia que no contribuyó en nada a definir el crucial tema de la incapacidad moral en la vacancia presidencial, esta vez el Tribunal Constitucional (TC) sí ha actuado de manera favorable para el país.

Lo ha hecho mediante una sentencia publicada hace una semana con la que ratifica la constitucionalidad de las excelentes reformas establecidas en los Decretos Legislativos 1400 y 1409, aprobados por el gobierno dentro del Plan Nacional de Competitividad y Productividad.

Con su decisión, el TC declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que pretendía dejar sin efecto las reformas en el régimen de garantías mobiliarias y en la constitución de empresas en línea mediante el régimen societario de Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), reguladas por dichos decretos, respectivamente. 

Esas reformas, que buscan una drástica reducción en los costos de constitución de empresas, tanto en el registro de constitución como en la publicidad de las garantías mobiliarias, disponen que ya no será obligatoria la intervención de un notario. 

Según el tribunal "la nueva regulación sobre garantías mobiliarias no restringe las competencias notariales, sino que ofrece a las personas naturales o jurídicas la posibilidad de formalizar contratos recurriendo a diversas alternativas, según las partes de un contrato lo decidan en ejercicio de su autonomía privada." Además, indica que el Decreto Legislativo 1409 "regula un régimen societario alternativo de responsabilidad limitada para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), siendo una alternativa independiente a la establecida en la Ley General de Sociedades, pues tiene requisitos diferenciados para la constitución de empresas."   

Finalmente, la sentencia del TC sostiene que estas normas "generan un mecanismo legal que, garantiza la seguridad jurídica y permite decidir a los particulares si solicitan los servicios notariales."

Según el MEF, el régimen de SACS incentivará la formalización de las MIPYMES, las cuales podrán realizar sus trámites en línea y con un costo de constitución menor a S/ 20. 

Y el régimen de garantías mobiliarias permitirá que usen una amplia gama de bienes muebles como garantías para obtener financiamiento. Asimismo, las operaciones entre acreedores y deudores se transparentarán a través de un Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM) gratuito y público en internet, minimizando los costos operativos de los acreedores; coadyuvando a su vez a la disminución de los costos de financiamiento.  

Se prevé que el régimen SACS entre en operaciones al público a mediados de diciembre a través de la plataforma Sistema de intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), mientras que los beneficios del régimen de garantía mobiliaria harán lo propio cuando entre en operación su nueva plataforma y sistema gratuito de publicidad en línea, en el cuarto trimestre del año 2021.

Una excelente noticia para el mundo empresarial en su estrato más popular, que tendrá más facilidades para constituirse y operar, y un gran paso en el objetivo nacional de mejorar elementos del desarrollo tan fundamentales como la competitividad y la productividad.

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