miércoles, 2 de septiembre de 2020

La Reforma del Sistema Nacional de Pensiones

Ayer hubo en el palacio de gobierno una conferencia de prensa referida a la lucha contra la pandemia y otros importantes temas.

En ella, el momento más importante estuvo dado por la explicación que el presidente Vizcarra y la ministra de Economía Alva hicieron acerca del proyecto para reformar de manera integral el Sistema Nacional de Pensiones (que es administrado por la ONP), para beneficiar tanto a sus aportantes y pensionistas como al propio Estado.

Como se observa en el vídeo y las infografías, el esquema propuesto contempla diversas ventajas sobre el sistema actual.


Por ejemplo, incorporará a miles de personas que actualmente no tienen pensión. Con ello estas ganarán el acceso a un fondo vitalicio, protegerán a su familia en caso de fallecimiento y quedarán incorporadas al servicio de salud.

También permitirá jubilarse a los 50 años de edad y con 25 años de aportes. Asimismo, con menos de veinte años de aportes (como lo exige el esquema actual), estableciendo pensiones proporcionales al tiempo aportado.

Igualmente, facilitará la incorporación de las personas con discapacidad, al simplificarse y disminuirse los requisitos y acortarse los plazos.


Asimismo, permitirá que las personas que ya reciben pensión continúen laborando, ampliando su posibilidad de mejorar sus ingresos.

Y dado que flexibilizará los requisitos para reconocer los aportes anteriores, beneficiará a quienes, por diversos motivos (por ejemplo cierre de su antiguo centro laboral) no tenían forma de sustentarlos.

Con el nuevo sistema también se incentivará los aportes facultativos, para que los trabajadores independientes se integren al sistema.

Y para ayudarles a sobrellevar la crisis generada por la pandemia, otorgará a la mayoría de sus afiliados y pensionistas el Bono Familiar Universal.

En la conferencia, el presidente y la ministra también explicaron por qué es inviable la propuesta del Congreso de permitir el retiro de una parte de los fondos. Ello se debe a que mientras el sistema privado de pensiones es de ahorro, el público es de reparto o de solidaridad intergeneracional.


Mientras el primero opera con cuentas individuales de capitalización, mediante las cuales el aporte de cada trabajador activo se destina a incrementar su propio fondo, en el segundo el aporte (contribución) de los trabajadores activos se destina directamente al pago de los actuales pensionistas (pues no existe un fondo acumulado) y lo propio ocurrirá con ellos al jubilarse. Y dado que en este último se requiere siete contribuyentes para cubrir cada pensión, pero actualmente (debido a la elevada informalidad y otros factores) solo hay cuatro, el Estado se ve obligado a cubrir ese gran faltante. Así las cosas, la propuesta congresal, al obligar a un cuantioso pago que no tiene financiamiento, le crearía un gran forado al presupuesto nacional.

Además de inviable, la propuesta del Congreso es inconstitucional, pues constituye una iniciativa de gasto, algo para lo que no está facultado dicho poder del Estado. Por tal razón, será observada por el Ejecutivo, que la llevará al Tribunal Constitucional.

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